En criterio del Consejo técnico de la Contaduría Pública, de acuerdo con las NIIF el Impuesto a la riqueza de los años 2015, 2016 y 2017 debe ser reconocido en su totalidad como un pasivo en el año 2015, afectando las cuentas de resultado d
En criterio del Consejo técnico de la Contaduría Pública, de acuerdo con las NIIF el Impuesto a la riqueza de los años