Art. 1 Origen de la obligación sustancial.
Art. 2 Contribuyentes.
Art. 3 Responsables.
Art. 4 Sinónimos.
Art. 5 El impuesto sobre la renta y sus complementarios constituyen un solo impuesto.
Art. 6 Declaración voluntaria del impuesto sobre la renta.
Art. 7 Las personas naturales están sometidas al impuesto.
Art. 8 Los cónyuges se gravan en forma individual.
Art. 9 Impuesto de las personas naturales, residedentes y no residentes.
Art. 10 Residencia para efectos tributarios.
Art. 11 Bienes destinados a fines especiales.
Art. 12 Sociedades y entidades sometidas al impuesto.
Art. 12,1 Concepto de sociedades y entidades nacionales para efectos tributarios.
Art. 13 Sociedades limitadas y asimiladas.
Art. 14 Las sociedades anónimas y asimiladas están sometidas al impuesto.
Art. 14,1 Efectos tributarios de la fusión de sociedades.
Art. 14,2 Efectos Tributarios de la escisión de sociedades
Art. 15 Entidades cooperativas que son contribuyentes.
Art. 16 Entidades contribuyentes.
Art. 17 Los fondos públicos y TELECOM son contribuyentes.
Art. 18 Contratos de colaboración empresarial
Art. 18,1 (...)
Art. 19 Contribuyentes del régimen tributario especial.
Art. 19,1 Retención en la fuente sobre rendimientos financieros a cargo de contribuyentes del régimen tributario especial.
Art. 19,2 Tratamiento tributario de las cajas de compensación
Art. 19,3 Otros contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios
Art. 19,4 Tributación sobre la renta de las cooperativas.
Art. 19,5 Otros contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios
Art. 20 Las sociedades y entidades extranjeras son contribuyentes.
Art. 20,1 Establecimiento permanente.
Art. 20,2 Tributación de los establecimientos permanentes y sucursales.
Art. 21 Concepto de sociedad extranjera.
Art. 21,1 (...)
Art. 22 Entidades no contribuyentes y no declarantes.
Art. 23 Entidades no contribuyentes declarantes.
Art. 23,1 No son contribuyentes los fondos de inversión, los fondos de valores y los fondos comunes.
Art. 23,2 No son contribuyentes los fondos de pensiones y los de cesantías.
Art. 24 Ingresos de fuente nacional.
Art. 25 Ingresos que no se consideran de fuente nacional.
Art. 26 Los ingresos son base de la renta líquida.
Art. 27 Realización del ingreso para los no obligados a llevar contabilidad.
Art. 28 Realización del ingreso para los obligados a llevar contabilidad.
Art. 28,1 Transacciones que generan ingresos que involucran más de una obligación.
Art. 29 Valor de los ingresos en especie.
Art. 30 Definición de dividendos o participaciones en utilidades.
Art. 31 Valor de los ingresos en acciones y otros títulos.
Art. 32 Tratamiento tributario de los contratos de concesión y asociaciones público privadas.
Art. 32,1 Ingreso por diferencia en cambio.
Art. 33 Tratamiento tributario de instrumentos financieros medidos a valor razonable.
Art. 33,1 Tratamiento tributario de instrumentos financieros medidos a costo amortizado.
Art. 33,2 Tratamiento del factoraje o factoring para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios.
Art. 33,3 Tratamiento tributario de las acciones preferentes.
Art. 33,4 Tratamiento de las operaciones de reporto o repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores.
Art. 34 Ingresos de las madres comunitarias.
Art. 35 Las Deudas por préstamos en dinero entre las sociedades y los socios generan intereses presuntivos
Art. 35,1 Límite a los ingresos no constitutivos de renta.
Art. 36 Prima en colocación de acciones o de cuotas sociales.
Art. 36,1 Utilidad en la enajenación de acciones.
Art. 36,2 Distribución de utilidades o reservas en acciones o cuotas de interés social.